A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Claimant Cutiva Horta Mario Enrique·Respondent Albarracin Albarracin Alvaro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de acciones populares o de grupo cuando el sujeto pasivo es una entidad pública o un particular que desempeñe funciones administrativas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Neiva y el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción popular por varios ciudadanos en contra de un particular, para que se reconocieron los derechos e intereses colectivos de la comunidad a un ambiente sano, a su manejo, sostenibilidad y protección, así como la devolución o restitución de unos predios, fijando la titularidad del derecho de dominio en la comunidad.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 799/21 mediante la cual estableció que, la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer de acciones populares en las cuales concurren en la presunta violación personas de naturaleza pública y privada.
Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Neiva para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto suscitado entre el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Neiva y el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Neiva es la autoridad competente para conocer la acción popular interpuesta, mediante apoderado, por Mario Enrique Cutiva Horta, en nombre propio y de 71 residentes del barrio "Gualanday", contra Álvaro Albarracín Albarracín, así como de otros particulares, la Notaría Segunda de Neiva- Huila y la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de la misma ciudad.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2486 al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Neiva para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Neiva.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.